
Consideraciones fiscales esenciales al realizar pagos al extranjero

19 de Noviembre de 2025
Ana Gabriela Vázquez
En un entorno de negocios cada vez más global, es común que las empresas mexicanas contraten servicios, adquieran bienes o realicen pagos a proveedores ubicados en el extranjero. Sin embargo, este tipo de operaciones conlleva una serie de obligaciones y consideraciones fiscales que deben cuidarse cuidadosamente para evitar contingencias, recargos o multas.
A continuación, presentamos los principales puntos que toda empresa debe revisar antes de efectuar pagos al extranjero.
1. Determinar si existe fuente de riqueza en México
El primer paso es identificar si la operación genera fuente de riqueza en México, tal como lo establece la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR). Si existe fuente de riqueza, la empresa residente en México está obligada a retener el impuesto correspondiente, aplicando, inicialmente, la tasa prevista en la Ley.
Identificar correctamente este punto es crucial, pues define si hay o no obligación de retener ISR.
2. Aplicación de tasas de retención conforme a la LISR
Una vez determinada la existencia de fuente de riqueza, es necesario validar la tasa de retención aplicable, la cual varía según el tipo de ingreso.
3. Beneficios de tratados para evitar la doble tributación
En caso de que exista un tratado vigente entre México y el país de residencia del proveedor, es posible aplicar una tasa reducida o incluso una exención de retención, siempre que se cumplan los requisitos del tratado correspondiente.
Para aplicar estos beneficios, es indispensable contar con:
Sin esta documentación, la autoridad fiscal mexicana puede desconocer la aplicación del beneficio y exigir la retención conforme a la LISR.
4. Operaciones con partes relacionadas extranjeras
Cuando el pago se realiza a una parte relacionada en términos de la LISR, deben aplicarse cuidados adicionales:
La autoridad presta especial atención a estas operaciones, por lo que una correcta documentación es esencial.
5. Emisión del CFDI por el total del impuesto retenido
Independientemente del tipo de operación, el contribuyente que realiza la retención debe emitir un CFDI de retenciones e información de pagos, el cual debe reflejar:
Además, es obligatorio emitir este comprobante por todas las retenciones efectuadas durante el año, asegurando congruencia con las declaraciones y pagos provisionales.
6. Evidencia de la prestación de servicios
En el caso de pagos por servicios recibidos del extranjero, es fundamental contar con un expediente completo que demuestre que el servicio:
Este expediente puede incluir, entre otra información:
Sin esta evidencia, la autoridad puede cuestionar la deducibilidad del gasto o la aplicación del tratado.
Conclusión
Realizar pagos al extranjero no sólo implica un proceso administrativo, sino también una serie de revisiones fiscales estratégicas que garantizan la correcta aplicación de retenciones, beneficios de tratados y deducibilidad del gasto.
En CB Strategy acompañamos a nuestros clientes en la revisión, documentación y cumplimiento de todas estas obligaciones, reduciendo riesgos y asegurando operaciones fiscalmente eficientes y alineadas a la normativa vigente.
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