
Uso indebido de CFDI: los errores más comunes que pueden derivar en créditos fiscales

05 de Diciembre de 2025
Ana Gabriela Vázquez
En los últimos años, el SAT ha fortalecido significativamente sus procesos de fiscalización electrónica. Hoy, más del 90% de las auditorías inician con cruces automáticos de información provenientes de los CFDI, estados de cuenta bancarios y declaraciones mensuales. En este contexto, cualquier error en la emisión, cancelación o registro contable de los CFDI puede ser suficiente para que el SAT rechace deducciones, determine ingresos omitidos o incluso considere una operación como inexistente.
Con el cierre del ejercicio fiscal 2025 a la vuelta de la esquina, consideramos oportuno presentar los errores más frecuentes que observamos en la práctica y que representan riesgos reales para los contribuyentes:
1. Facturas emitidas con información incorrecta o incompleta
Un CFDI con datos erróneos (RFC, descripción de servicios, uso de CFDI, régimen fiscal, método/forma de pago) puede derivar en la no deducibilidad para el receptor de éste. Aunque muchos consideran estos detalles “de forma”, el SAT hoy los utiliza para determinar la naturaleza de la operación.
Recomendación:
Implementar revisiones mensuales automáticas para identificar CFDI con errores y corregirlos antes de presentar las declaraciones. Adicionalmente, efectuar una revisión anual a la facturación del ejercicio fiscal próximo a concluir, a fin de detectar oportunamente cambios que se deban efectuar en los requisitos de los CFDIs.
2. Cancelación extemporánea o sin aceptación del receptor
A partir de la versión 4.0, las reglas de cancelación se endurecieron. Cuando una factura se cancela fuera del plazo permitido o cuando requiere aceptación del receptor y no la obtiene, el SAT puede considerar que el ingreso sigue siendo acumulable, aun cuando la operación no existió. Es importante mencionar que la fecha límite para cancelar CFDIs emitidos con fecha de 2025, es el próximo 31 de marzo de 2026.
Riesgos principales:
3. Complementos de pago no emitidos correctamente
En operaciones a crédito, el CFDI de ingreso no es suficiente para comprobar el cobro. Si el complemento de pago no se emite, se emite con errores o no coincide con el banco, el SAT puede cuestionar:
Recomendación:
Asegurar que el área de tesorería y contabilidad trabajen con un mismo calendario de cobros, y que todos aquellos CFDIs emitidos con forma de pago “diferido o en parcialidades” cuenten con un complemento de pago.
4. CFDI de gastos que no cuentan con materialidad o documentación soporte
Hablando especialmente de servicios recibidos, tener una factura y un contrato no es suficiente. Cada vez con mayor frecuencia, el SAT solicita evidencia adicional:
Sin materialidad, el SAT puede determinar que la operación es inexistente y rechazar la deducción.
5. Errores en el método y forma de pago
Un error tan simple como marcar “Pago en una sola exhibición” cuando la operación fue a crédito, o seleccionar una forma de pago incorrecta, puede generar:
6. Facturas duplicadas o timbradas por error
Los sistemas contables y ERPs suelen generar duplicados sin que los usuarios lo noten. El SAT no distingue si fue “error del sistema”: si existe un CFDI timbrado, la autoridad lo considera ingreso y exige su acumulación.
7. No identificar CFDI sujetos a retenciones
Muchos contribuyentes no aplican las retenciones que corresponden en servicios independientes, plataformas tecnológicas o arrendamiento. El SAT detecta fácilmente estas omisiones a través de sus cruces automáticos con los CFDI emitidos.
Conclusión
Si bien los CFDIs representan la “forma” de las operaciones, para el fisco mexicano es común que la forma pese más que el fondo de la misma. Por lo tanto, la correcta emisión y administración de los CFDI se ha vuelto en una pieza central de la defensa fiscal del contribuyente. Cualquier error puede derivar en:
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